Condiciones para pertenecer a QUIMACOVA (Empresa Industrial).

ANEXO I: CONDICIONES PARA PERTENECER A QUIMACOVA


  1. Ser empresa de la Comunidad Valenciana, o tener Delegación y/o almacenes en la Comunidad Valenciana.
  • Excepción: si la empresa pertenece a otra Comunidad Autónoma podrá pertenecer a la Asociación en calidad de asociado con derecho a voz, pero sin derecho a voto en las Asambleas Generales.


  1. Estar dado de alta bajo los siguientes Códigos Nacionales de Actividad Económica: CNAE 19 - Coquerías y Refino del Petróleo, CNAE 20 - Industria Química, CNAE 21 - Industria Farmacéutica, CNAE 38 - Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización, CNAE 4675 - Comercio al por mayor de Productos Químicos, CNAE 4941 - Transporte de mercancías peligrosas y CNAE 5210 - Depósito y almacenamiento.
  • ?Excepción: si la empresa tiene otro CNAE distinto a los expuestos puede pertenecer a la Asociación siempre y cuando realice actividades afines al Sector Químico. En este caso tendrán derecho a voz, pero no tendrán derecho a voto en las Asambleas Generales.


  1. Pagar una cuota de inscripción inicial de 480 € (se paga una única vez nada más acceder a la Asociación).


  1. Pagar una cuota trimestral de (en función de la facturación de la empresa):
  • Facturación inferior a 0.5 mill. €               -              103,50 € / trimestre
  • Facturación entre 0.5 mill. € y 2 mill. €    -              223,50 € / trimestre
  • Facturación entre 2 mill. € y 6 mill. €       -              322,00 € / trimestre
  • Facturación entre 6 mill. € y 20 mill. €     -              499,00 € / trimestre
  • Facturación superior a 20 mill. €             -              572,00 € / trimestre


  1. Para la casuística de ser empresa emprendedora (empresas con un tiempo de vida inferior a 1 año) la cuota de inscripción se retrasa en pago un año y medio mediante una bonificación en factura (para poder ayudar a la evolución de la empresa) con el condicionante de tener una permanencia en esta Asociación por un plazo no inferior a 3 años. En este periodo la empresa posee voz, pero no voto hasta que se formalice el pago de la cuota de inscripción.


  1. En caso de causar baja, abonar los trimestres restantes del año en vigor.


ANEXO II: CONDICIONES BONIFICADAS PARA EMPRESAS DEL MISMO GRUPO EMPRESARIAL


Para empresas pertenecientes al sector químico de la Comunidad Valenciana que conformen un grupo empresarial, existen ventajas; consulte directamente con la Asociación para conocerlas.


La firma de la presente solicitud de adhesión manifiesta haber entendido y aceptado todos los servicios que presta la Asociación, y declara haber sido informada previamente sobre los mismos.

Información básica sobre protección de datos: Responsable: QUIMACOVA (Asociación Química y Medioambiental del Sector Químico de la CV). / Finalidades: Gestionar su solicitud de inscripción. Realizar comunicaciones a través del correo electrónico de las gestiones solicitadas e información sobre futuros eventos, actividades y noticias que pueda resultar de su interés. / Legitimación: Consentimiento del interesado. Interés legítimo de la Asociación en cumplir los objetivos de esta. / Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. / Plazo de conservación: Los datos personales serán mantenidos mientras dure la relación con la Asociación. / Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. / Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en www.quimacova.org.