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Convenios de colaboración

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Acuerdo de Colaborción entre AIDIMA y QUIMACOVA

 

 

 

ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE QUIMACOVA - ASOCIACIÓN QUÍMICA Y MEDIOAMBIENTAL DEL SECTOR QUÍMICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Y AIDIMA - ASOCIACIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN LA INDUSTRIA DE LA MADERA, MUEBLE, ENBALAJE Y AFINES

En Paterna (Valencia), a 22 de septiembre de 2015

REUNIDOS

De un parte, D. Miguel Burdeos Bañó, provisto con N.I.F. número 22.493.493-E el cual interviene en nombre y representación de la empresa QUIMACOVA - ASOCIACIÓN QUÍMICA Y MEDIOAMBIENTAL DEL SECTOR QUÍMICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, en adelante QUIMACOVA, en su condición de Presidente, con domicilio social en Valencia, en la calle Hernán Cortés, nº 4, Sede CIERVAL, y provista con C.I.F. número G-97.339.535.

Y, de otra, D. Francisco Javier García Martín, provisto con N.I.F. número 73.767.383-N, el cual interviene en nombre y representación de la ASOCIACIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN LA INDUSTRIA DEL MUEBLE Y AFINES, en adelante AIDIMA, en su condición de Presidente, con domicilio social en Paterna (Valencia), en la calle Benjamín Franklin, nº 13, y provista con C.I.F. número G-46.261.590.

Reconociéndose ambas partes, en la condición en la que intervienen, con capacidad y legitimación suficiente para este acto

EXPONEN

Primero. Que QUIMACOVA es una asociación empresarial que dirige, apoya y defiende los intereses de las empresas del Sector Químico de la Comunidad Valenciana.

Segundo. Que AIDIMA tiene entre sus objetivos según sus estatutos contribuir a incrementar la competitividad del sector español de la madera industrias afines, así como del sector del embalaje y transporte.

Tercero: Que ambas entidades han decidido establecer este Acuerdo de Colaboración, cuyos objetivos y bases se exponen a continuación.

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO

El objeto de este acuerdo consiste en establecer un marco adecuado para regular los futuros proyectos de colaboración entre QUIMACOVA y AIDIMA.

SEGUNDA.- DESARROLLO

El presente acuerdo marco se desarrollará mediante la firma de los correspondientes convenios específicos sobre las actividades o proyectos que las partes pretendan desarrollar conjuntamente; en dichos convenios específicos se concretarán los aspectos técnicos y jurídicos que correspondiesen a los mismos.

El objeto a desarrollar mediante la subscrición de acuerdos específicos serán actividades y proyectos en forma conjunta en todo tipo de asuntos que resulten de interés para los centros y los sectores que representan.

Cada uno de los proyectos específicos de colaboración entre ambas partes requerirá la elaboración de un convenio específico en el que se determinará el objeto, valoración económica y plazos de ejecución.

Las dos entidades colaborarán en todos aquellos aspectos que se consideren de interés, siendo de especial relevancia:

-       Formación, tanto entre las entidades como para las empresas, incluyendo cursos, jornadas,...

-       Información relativa a temas legislativos, normativos,…

-       Prestación de servicios propios de AIDIMA a QUIMACOVA o a sus empresas asociadas, en condiciones ventajosas para éstas

-       Realización de proyectos de I+D+i de forma conjunta entre las entidades o con sus asociados

-       Difusión de las actividades de ambas entidades

-       Elaboración de publicaciones técnicas

TERCERA.- VIGENCIA

Este acuerdo empezará a producir sus efectos a partir de la fecha de su firma y se mantendrá vigente hasta que una de las partes comunique a la otra por escrito su finalización.

CUARTA. CONFIDENCIALIDAD

Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones científicas o técnicas pertenecientes a la otra parte a las que hayan podido tener acceso o a las emanadas el desarrollo de los proyectos derivados de este acuerdo de colaboración, siempre que esas informaciones no sean de dominio público.

QUINTA. CONSENTIMIENTO EXPRESO

QUIMACOVA autoriza a AIDIMA y por ello consiente expresa y gratuitamente, en que ésta pueda citar el nombre de QUIMACOVA, en cualquier documento público, privado y electrónico, a los efectos de acreditar la cartera de clientes que han confiando en la experiencia profesional de AIDIMA.

SEXTA. SEGUIMIENTO Y REVISIÓN

El seguimiento de este convenio se delega en el Secretario Técnico de Quimacova D. Jesus Carretero y el Director del área de Embalaje y Simulación del Transporte de Aidima, D. F. javier Turégano quienes se reunirán con la periodicidad que estimen necesaria para hacer seguimiento y evaluación de las acciones que se emprendan,  elaborando un informe anual de las mismas.

Este convenio será revisado y actualizado por las partes cada tres años.

SEPTIMA. JURISDICCIÓN

Ambas partes, con renuncia expresa a su propio fuero, se someten expresamente para la interpretación y aplicación de este contrato a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Paterna y Valencia.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente acuerdo de colaboración por duplicado y a un solo efecto en lugar y fecha que se indica en el encabezamiento.

 

Francisco Javier García Martín                                       Miguel Burdeos Bañó

  AIDIMA                                                                    QUIMACOVA