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Convenios de colaboración

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Acuerdo Marco de Colaboración entre la FUNDACIÓN NOVATERRA y QUIMACOVA

En  Valencia, a 17 de Septiembre de 2013.

 

D. Francisco Cobacho Casas, como Presidente de Fundación Novaterra, actuando en nombre y representación de ésta, con domicilio en Valencia, Camino Viejo de Xirivella, 11, 46014, y D. Miguel Burdeos Bañó, actuando en nombre y representación de la Asociación Química y Medioambiental del Sector Químico de la Comunidad Valenciana, en adelante QUIMACOVA, con domicilio en C/ Hernán Cortés, 4 – 46004 Valencia.

 

EXPONEN

1º.- Que Fundación NOVATERRA es una organización civil formada por entidades y personas que luchan contra la pobreza y la exclusión social apoyando a las personas más desfavorecidas por medio de su formación e inserción laboral para su promoción e integración plena en la sociedad.

2º.- Que QUIMACOVA es una Asociación empresarial territorial sin ánimo de lucro que defiende los intereses del Sector y ejecuta actividades en beneficio de este.

3º.- Que tanto Fundación NOVATERRA como QUIMACOVA están de acuerdo en establecer una colaboración encaminada a realizar actividades y programas de mutuo interés.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto,

 

CONVIENEN

Estrechar sus relaciones, aunar esfuerzos y establecer normas amplias de actuación que encaucen e incrementen, dentro de un marco preestablecido, los contactos y colaboraciones de acuerdo con las siguientes,

 

CLÁUSULAS

PRIMERA.- FINALIDAD DEL ACUERDO.

El objetivo de este acuerdo es el establecimiento de un marco de actuación para la colaboración entre QUIMACOVA y la Fundación NOVATERRA, a través de acciones que apoyen la inserción socio laboral de las personas en riesgo o situación de exclusión social, como pudieran ser:

 

- Utilización del servicio de intermediación laboral de la Fundación Novaterra para la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social.

- Contratación de los servicios y productos ofrecidos por las empresas sociales de la Fundación Novaterra en el caso que sea necesario y sea valorado como factible por las empresas asociadas a QUIMACOVA o por la propia Asociación.

- Divulgación de las actividades y empresas de la Fundación Novaterra en los foros a los que QUIMACOVA pudiese llegar, facilitando el acceso a las empresas que forman parte de la Asociación.  

 

SEGUNDA.- CONVENIOS DE COLABORACIÓN ESPECÍFICOS.

Al amparo de este acuerdo marco de colaboración y para la consecución del objeto señalado en la cláusula anterior, las partes podrán suscribir convenios de colaboración de carácter singular y duración determinada cuyo objeto sea el desarrollo de acciones y programas concretos.

En caso de reunir las características que define la ley 49/2002 de incentivos fiscales al mecenazgo, podrán acogerse a un tratamiento fiscal especial, resultando las aportaciones dinerarias y las no dinerarias o prestaciones de servicios, siempre que se aporten para la realización de las actividades que se efectúen en cumplimiento del objeto o finalidad específica de la Fundación, como gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades.

 

TERCERA.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.

Las colaboraciones derivadas de este Acuerdo quedarán sometidas a las normas de QUIMACOVA y de Fundación NOVATERRA, en la forma que establezcan los Convenios Específicos, teniendo en cuenta la naturaleza de la colaboración y el Centro donde se realice el trabajo. 

 

CUARTA.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN.

El presente Acuerdo entrará  en vigor en el momento de su firma y su vigencia será indefinida.

 

QUINTA.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN.

Las partes podrán modificar o denunciar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo. Cualquiera de las partes podrá, a su vez, denunciar el presente acuerdo comunicándolo por escrito a la otra parte con seis meses de antelación a la fecha en que vaya a darlo por terminado. En ambos casos deberán finalizarse las tareas de los Convenios Específicos que estén en vigor. 

 

SEXTA.- JURISDICCIÓN.

La FUNDACIÓN NOVATERRA y QUIMACOVA  se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente acuerdo.

En caso de conflicto ambas partes acuerdan el sometimiento a los Tribunales de Valencia, con renuncia de su propio fuero. 

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman por duplicado el presente documento en el lugar y fecha arriba indicada. 

 

 

 

Por QUIMACOVA                                                                Por FUNDACIÓN NOVATERRA

 

 

_________________________                                   ______________________________

D. Miguel Burdeos Bañó                                                     D. Francisco Cobacho Casas.