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Convenios de colaboración

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Acuerdo de Colaborción entre ITE y QUIMACOVA

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE QUIMACOVA Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA ENERGÍA.

 

En Valencia a 11 de enero de 2017

 

De una parte, D. Miguel Burdeos Bañó en su calidad de Presidente, en nombre y representación de la Asociación Química y Medioambiental del sector químico de la Comunidad Valencia, en adelante QUIMACOVA, con CIF G-97339535 y sede en C/ Hernán Cortés, 4 – 46004 Valencia, en ejercicio de la competencia que tiene atribuida en virtud de lo dispuesto en sus Estatutos vigentes.

 

De otra parte, Dª. Marta García Pellicer, actuando en calidad de Directora, con D.N.I., 29171365-M de la cual tiene concedido poder en virtud del artículo 23 de los Estatutos y en representación del Instituto Tecnológico de la Energía, en adelante ITE, con C.I.F. G-96316476, y con sede central en Avd. Juan de la Cierva, 24, Paterna, Parque Tecnológico  de Valencia .

 

Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente convenio y, al efecto,

 

EXPONEN

 

1.- Que ITE es una asociación de empresas sin ánimo de lucro, de carácter multisectorial y pluridisciplinar que desarrolla actividades de:

a)       Investigación, desarrollo e innovación científico y tecnológico,

b)      Servicios de laboratorios. Verificación y Certificación de producto.

c)       Transferencia de Tecnología y Conocimientos.

d)      Formación

 

Que ITE tiene como misión contribuir al posicionamiento de las empresas dentro de los mercados nacionales e internacionales.

a)       Poniendo a disposición de las empresas valencianas una oferta de servicios tecnológicos avanzados y de I+D+i empresarial mediante la asimilación, adaptación y desarrollo de conocimiento especializado de alto potencial para generar valor añadido empresarial.

b)      Promover y articular la cooperación para maximizar el impacto (eficacia y eficiencia) de los recursos destinados a promover la I+D empresarial, la innovación y la competitividad de las empresas de la Comunidad Valenciana.

c)       Desarrollo de las capacidades y estructuras organizativas necesarias para alcanzar los niveles de masa critica, excelencia y flexibilidad (capacidad de adaptación al cambio) necesarios para satisfacer las necesidades del presente y del futuro de las empresas.

 

Que ITE está interesada en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar la competitividad, eficiencia y la modernización del sistema productivo.

2.- Que QUIMACOVA, como Asociación de empresas químicas de la Comunidad Valenciana, tiene como fines:

a)       Promover la química sostenible para satisfacer las necesidades del presente sin comprometer el futuro, compatibilizando la productividad con una gestión integral de los recursos y de los residuos generados, utilizando las nuevas tecnologías para encontrar soluciones alternativas más limpias y por lo tanto más respetuosas con el medioambiente.

b)      La defensa y resolución de los problemas comunes de las empresas asociadas, con independencia de la Administración Pública y de cualquier grupo de presión o partido político.

c)       Servir de órgano de unión y coordinación de sus asociados, fomentando el espíritu de solidaridad entre los mismos y facilitando su promoción socioeconómica y cultural.

d)      Coordinar y cooperar con la Universidades e Institutos Tecnológicos todo tipo de actuaciones relacionadas con la I+D+i conducentes a la mejora de la productividad y competitividad de la empresa.

 

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, QUIMACOVA e ITE,

 

CONVIENEN

 

Estrechar sus relaciones, aunar esfuerzos y establecer normas amplias de actuación que encaucen e incrementen, dentro de un marco preestablecido, los contactos, proyectos y colaboraciones de acuerdo con las siguientes,

 

CLAUSULAS

 

PRIMERA. - FINALIDAD DEL CONVENIO.

Este Convenio tiene como objeto la puesta en marcha de un marco de colaboración para el desarrollo de actividades de Asesoramiento y Cooperación entre ambas entidades.

 

SEGUNDA. - MODALIDADES DE COLABORACIÓN.

Colaboración mutua centrada en la búsqueda de sinergias para la puesta en marcha de proyectos de consultoría e I+D +i, relacionados con el objeto del convenio y basadas en las siguientes líneas de actuación:

·         Apoyo a las empresas en la presentación de proyectos europeos.

·         Asesoramiento y gestión de compra de energía.

·         Estudios de Eficiencia Energética.

·         Propuesta de formación adecuadas a las necesidades de los socios de QUIMACOVA.

·         Y otras modalidades que puedan surgir en el transcurso del tiempo y basadas en las necesidades puntuales que demanden las empresas.

 

Cada una de estas líneas de actuación quedará desarrollada en sus correspondientes contratos específicos.

TERCERA. - CONTENIDO DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS.

Cada proyecto y/o programa de actuación (definidos en la clausula Segunda) en el marco de este convenio será objeto de un Contrato Específico que deberá contener, entre otros, los siguientes aspectos:

a)       Definición del objetivo que se persigue.

b)      Descripción del Plan de trabajo, que incluirá las distintas fases del mismo y la cronología de su desarrollo.

c)       Presupuesto total y medios materiales y humanos que requiera el citado programa, especificando las aportaciones de cada entidad.

d)      Normas para la coordinación, ejecución y seguimiento del proyecto.

e)      Nombres de las personas, una por cada parte, que se designarán por mutuo acuerdo y se responsabilizarán de la marcha del Contrato.

f)             Firma de todas las partes involucradas.

 

CUARTA. - NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.

Las colaboraciones derivadas de este Convenio quedarán sometidas a las normas de QUIMACOVA e ITE en la forma que establezcan los Contratos Específicos, teniendo en cuenta la naturaleza de la colaboración y el lugar donde se realice el trabajo.

 

Así mismo se creará un comité de seguimiento encargado de gestionar las actuaciones establecidas en este convenio y los contratos específicos que de él se deriven. Este comité se reunirá cada tres meses y estará compuesto por representantes de ITE y QUIMACOVA.

 

QUINTA. - PERSONAL.

Tanto QUIMACOVA como ITE podrán poner a disposición de la otra entidad a algunos de sus técnicos, este personal estará obligado, en este caso, a cumplir con las normas que rijan en la entidad en la que vayan a trabajar.

 

SEXTA. - EQUIPAMIENTO.

Los bienes de equipo y bienes inmuebles aportados por una parte serán siempre de su propiedad. La propiedad de la documentación generada en los distintos proyectos y su difusión quedarán establecidas en el marco de este convenio y será determinada, en cada caso, en el Contrato Específico correspondiente.

 

SEPTIMA. – CONFIDENCIALIDAD.

Cada Parte respetará la confidencialidad de aquella información o documentación que pueda ser intercambiada, cedida o mostrada y que haya sido clasificada como confidencial por una de las partes.

 

OCTAVA. - ENTRADA EN VIGOR Y DURACION.

El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de 2 años, renovable por acuerdo expreso.

 

NOVENA. - MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN.

Las partes podrán modificar o denunciar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo. Cualquiera de las partes podrá, a su vez, denunciar el presente acuerdo comunicándolo por escrito a la otra parte con tres meses de antelación a la fecha en que vaya a darlo por terminado. En ambos casos deberán finalizarse las tareas de los Contratos Específicos que estén en vigor.

 

DECIMA. - JURISDICCIÓN.

QUIMACOVA e ITE se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente acuerdo. En caso de conflicto ambas partes acuerdan el sometimiento a los Tribunales de Valencia, con renuncia de su propio fuero.